En este artículo trataremos un tema controvertido. Intentaremos ver los beneficios e inconvenientes de alquilar a través de una agencia inmobiliaria. También sabremos por qué muchas personas prefieren el alquiler directo con el propietario.
Hasta el año 2.000 para poder regentar una inmobiliaria era necesario poseer el título de Agente de la Propiedad Inmobiliaria (API). En ese año el gobierno liberalizó el negocio inmobiliario y dejó libertad para poder abrir agencias inmobiliarias libremente, no se exige título alguno.
Las inmobiliarias son consideradas como una empresa de servicios más.
La liberalización trajo consigo un aumento exponencial de negocios de este tipo y, con ello, unas prácticas profesionales no siempre adecuadas. Ni siquiera los honorarios de la agencia inmobiliaria están unificados.
¿DEBO ALQUILAR DIRECTO CON EL PROPIETARIO O USAR UNA INMOBILIARIA?
Como tantas veces, la contestación es: depende. El alquiler a través de inmobiliaria puede ser algo cómodo, rápido y seguro para inquilino y propietario siempre que la empresa con la que contratemos tenga una estructura y oferta de servicios adecuados.
Veremos qué exigencias mínimas deberíamos tener, tanto si somos inquilinos como propietarios, para contratar una inmobiliaria. Son requisitos subjetivos que responden a la lógica y a la ética del trabajo ya que, como hemos dicho, ninguna ley obliga a las inmobiliarias a prestar estos servicios.
Servicios de la inmobiliaria al inquilino:
- Nota de encargo: Debemos de exigir que la inmobiliaria tenga un encargo de comercialización por parte del propietario por escrito.
- Acceso inmediato a la vivienda: La inmobiliaria debería de tener llaves de la vivienda a fin de evitar farragosas negociaciones para hacer una simple visita.
- Documentación completa del inmueble: La inmobiliaria debería estar en disposición de entregarnos inmediatamente documentación como planos acotados, cédula de habitabilidad (o licencia de primera ocupación), estatutos de la comunidad de vecinos, certificado energético, póliza de seguro de hogar, justificante de cualquier tipo de tasa o gasto que se le repercuta al inquilino (IBI, tasa de basuras, etc…).
- Si decidiésemos alquilar la vivienda, además de todo esto, deberían de aportarnos documentación relativa a la propiedad del inmueble: escritura de propiedad, poderes si la propiedad es una persona jurídica y, en general, cualquier tipo de documentación que sea relevante para la firma de un contrato.
- Postventa: La inmobiliaria debería de ser el interlocutor con el inquilino en cualquier problema que surja durante la duración del contrato.
Servicios de la inmobiliaria al propietario:
- Búsqueda y selección de inquilinos: No basta con buscar un inquilino, debemos exigir a la inmobiliaria el filtrado de esos inquilinos. Deberían de estar dados de alta en las principales bases de datos de impagos y morosidad y conocer los rudimentos del análisis de riesgos.
- Servicios jurídicos propios: La inmobiliaria debería de tener un servicio jurídico propio para dar soporte a la hora de redactar los contratos.
- Asesoría fiscal: La inmobiliaria debería de asesorarnos en materia fiscal relativa a nuestro inmueble y el contrato que nos disponemos a firmar.
- Postventa: La inmobiliaria debería de gestionar las incidencias que se produzcan en el inmueble derivadas del inquilino que han seleccionado.
Además de todo esto, la agencia inmobiliaria debería de tener contratada una póliza de responsabilidad civil con una compañía aseguradora para cubrir posibles quebrantos derivados de su gestión.