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El alquiler de viviendas tiene unos beneficios fiscales a la hora de hacer la declaración de la renta. De estos beneficios disfrutan tanto los propietarios que ponen su vivienda en alquiler como los inquilinos que la alquilan.

Desde hace muchos años se vienen utilizando los beneficios fiscales a la hora de alquilar un piso como parte de la política de vivienda. Se intenta, a través de estos beneficios fiscales, intervenir el mercado de diversas maneras: aumentar la venta de vivienda nueva, sacar más vivienda en alquiler al mercado, bajar los precios del alquiler, etc…

Los efectos de estas intervenciones no siempre logran el objetivo para el que son diseñados.

Veremos ahora algunas de las ventajas fiscales de alquilar una vivienda para los propietarios y para los inquilinos. Ya que una parte de los impuestos los gestionan las Comunidades Autónomas, veremos también los beneficios concretos de Madrid.

Beneficios fiscales para el arrendador

A nivel estatal os propietarios tienen derecho a una reducción de un 60% según indica la ley de IRPF. Esto se calculará en base a los ingresos menos los gastos que genere el inmueble. Veremos qué ingresos y qué gastos son aptos.

Sólo podrán disfrutar de esta reducción los propietarios cuando el arrendatario utilice la vivienda como residencia habitual. Si la vivienda se destina a actividad comercial o profesional no tendrá derecho a esta reducción. Tampoco tendrán derecho a esta reducción las viviendas turísticas o destinadas a alquileres de temporada.

En cuanto a los gastos que se podrán tener en cuenta son los siguientes:

  • Intereses de préstamos o créditos. Tanto si se han pedido para adquirir la vivienda o para realizar obras de reforma.
  • Impuestos y tasas que el propietario pague: IBI, tasa de basuras, gastos de comunidad, etc …
  • Gastos de reparación y conservación de la vivienda. Por ejemplo la pintura. No se incluyen gastos para mejorar la vivienda o ampliarla.
  • Gastos de suministros como agua, luz, calefacción etc.. siempre que los pague el propietario
  • Gastos del seguro de hogar.

Conoce, de manos de nuestros expertos legales, cómo realizar la tributación del alquiler de la vivienda por parte de los propietarios del inmueble.

Ventajas fiscales de alquilar un piso en Madrid para el inquilino

En la comunidad de Madrid hay ventajas fiscales para los inquilinos con ciertas condiciones:

Si tiene menos de 35 años se puede aplicar en el impuesto de la renta una deducción del 30% de las cantidades destinadas a alquiler, con un máximo de 1.000€ al año. Para un alquiler de 500€/mes se podría deducir dos mensualidades.

Desde 2018, si tuvieras más de 35 años, pero menos de 40, y has estado en  situación de desempleo y con al menos dos familiares a cargo, también puedes aplicarte esta deducción.

Otra condición para tener derecho a estos beneficios fiscales de alquilar una vivienda en Madrid es haber depositado la fianza en la Agencia Social de la Vivienda de la Comunidad de Madrid.

Por último, existen unos límites de renta anual para tener derecho a estas ventajas fiscales: No ganar más de 25.620€ al año en caso de tributación individual o 36.200 € en caso de tributación conjunta. Asimismo la base imponible de todos los miembros de la familia no debe de superar los 60.000 €.

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