Vamos a tratar en este post un tema de absoluta actualidad: la okupación de viviendas. Asimismo intentaremos contestar a la pregunta que todo el mundo se hace: ¿Cómo evitar que okupen mi vivienda?
Para tratar de entender cómo se puede evitar que okupen una vivienda creemos que, antes, debemos de explicar unos conceptos básicos e imprescindibles para entender el problema.
Actualmente, cuando hablamos de okupación, realmente estamos hablando de dos figuras jurídicas distintas: el allanamiento de morada y la usurpación.
Diferencia entre usurpación y allanamiento
Usurpación de vivienda: Este delito viene recogido en el artículo 245 del código penal, “se entiende por usurpación de la vivienda a todo aquel que, utilizando intimidación y/o violencia de cualquier tipo, procediese a ocupar un inmueble que sea pertenencia de otra persona”. Asimismo, en su apartado 2 dice que “será imputable este delito a quienes, sin autorización expresa, ocupe una casa, un edificio o un inmueble de cualquier otro tipo que no constituya morada y se mantenga en él en contra de la voluntad del titular”. Las penas, en este caso, son de multas de tres a seis meses.
Allanamiento de morada: Según el código penal (artículo 202): “El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años”.
Tenemos que tener claro que una “morada” es una vivienda donde se reside de manera habitual. Así pues, si irrumpen en nuestra casa en ausencia nuestra, estaríamos ante un allanamiento y la policía debería de proceder a expulsar inmediatamente a los intrusos.
Después de definidos estos conceptos podemos decir, sin equivocarnos, que el verdadero problema es el delito de usurpación, ya que, además de tener unas penas casi ridículas, no se soluciona con una mera intervención policial.
El delito de allanamiento, normalmente, se soluciona con rapidez y penas más duras para los que lo cometen.
Ahora podemos contestar a la pregunta del millón:
¿Cómo evitar que okupen mi vivienda?
Visto lo anterior, y según las estadísticas, podemos afirmar que más del 90% de las viviendas que se okupan están bajo la figura de la usurpación, es decir, se trata de viviendas vacías (pisos de particulares sin alquilar, viviendas de entidades bancarias sin uso, etc…). Por tanto, una manera de evitar un gran número de okupaciones sería tener alquiladas esas viviendas a inquilinos que dispusiesen de ellas para su residencia habitual.
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