En artículos anteriores nos hemos referido a la fianza. Actualmente hay figuras que garantizan el pago de las rentas como los seguros de impago de alquiler. La Ley de Arrendamientos Urbanos, en su artículo 36, regula la fianza, su importe, devolución de la fianza del alquiler, etc….
Las fianzas tienen la misión de garantizar el cumplimiento del contrato. Podríamos decir, simplificando, que sirven para responder por impagos o destrozos en la vivienda.
Adicionalmente, también pueden responder de suministros, impuestos o cualquier obligación a la que el inquilino se haya comprometido a través del contrato de arrendamiento.
Una vez finalizado o resuelto el contrato de arrendamiento el propietario de la vivienda debe de proceder a la comprobación del estado del inmueble. Si el inquilino ha entregado la vivienda en buen estado y no existen cantidades impagadas se debe de proceder a la devolución de la fianza. Muchos inquilinos se preguntan: ¿cuándo me tienen que devolver la fianza de alquiler?
Devolución de la fianza del alquiler. CUÁNDO DEVOLVER LA FIANZA DE ALQUILER
Esta es una duda recurrente. La ley no establece plazos, en el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos se especifica :” El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes desde la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”.
Entendemos, por tanto, que un mes es el plazo que tenemos para comprobar el estado de la finca y devolver la fianza.
Devolución de la fianza del alquiler. CÓMO SOLICITAR LA FIANZA DE ALQUILER
Evidentemente, la mejor manera es dialogar entre propietario e inquilino con el objeto de establecer la forma de devolución. Si esto no es posible, lo aconsejable es reclamar la fianza a través de un burofax. Normalmente se establecerá en el burofax un plazo de 7 días para la devolución. Si pasado este plazo no se ha devuelto la fianza se debe de reclamar judicialmente. Lo normal es acudir a los tribunales e interponer un procedimiento de reclamación de cantidad. Es aconsejable para ello contratar a un abogado.
Devolución de la fianza del alquiler. CÓMO DEVOLVER LA FIANZA DE UN ALQUILER
El día de la entrega de la vivienda se debe de firmar un documento de fin de alquiler entre arrendador y arrendatario. En ese documento se debe de especificar, también la forma en que se va a devolver la fianza: efectivo, transferencia bancaria, cheque bancario…etc…
Lo aconsejable es que se realice la devolución por transferencia bancaria. En previsión de futuras controversias es preferible tener documentada la devolución a través de transferencia.