Analizaremos en este artículo qué es el certificado de eficiencia energética, para qué sirve y en qué afecta a los propietarios de inmuebles.
QUÉ ES EL CERTIFICADO ENERGÉTICO
Es un documento con carácter oficial que hace referencia a las características energéticas de un inmueble y describe la eficiencia de ese inmueble, energéticamente hablando. Hablamos de cómo consume la energía, qué emisiones de CO2 son necesarias para generarla, etc… Al resultado o calificación del inmueble se le llama etiqueta energética.
Entre otras, la certificación energética contiene la siguiente información relevante:
- Identifica el edificio y el piso o local concreto dentro de ese edificio.
- Describe cómo se ha llevado a cabo la elaboración del documento. Es importante definir qué proceso se ha seguido para obtenerlo.
- Instalaciones de gas o electricidad del edificio, importante para saber la eficiencia.
- Envolvente térmica del edificio: Esto define lo que separa el edificio del exterior. Habla de los cerramientos, del tipo de cubierta, los materiales de las fachadas, las separaciones interiores entre diversos espacios, etc….
- Normativa de ahorro energético que había en el momento de construirlo. Evidentemente los edificios han de cumplir las normativas de su tiempo, no es necesariamente exigible que cumplan las de hoy en día.
- Grado de eficiencia energética que se le ha dado al edificio después de estudiar los puntos anteriores.
- Recomendaciones. El técnico que lo emite hará unas recomendaciones, atendiendo a las posibilidades técnicas del edificio.
QUIÉN HACE EL CERTIFICADO ENERGÉTICO
La normativa especifica que pueden hacer certificados energéticos técnicos con titulación académica que les permita redactar proyectos y dirigir obras según la Ley de Ordenación de la Edificación. En la práctica son los arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores así como ingenieros o ingenieros técnicos. Han de tener, además, una formación específica en eficiencia energética para ser técnico certificador.
¿EN QUE AFECTA EL CERTIFICADO ENERGÉTICO A LOS PROPIETARIOS?
El certificado energético, desde junio de 2.013, tiene carácter obligatorio para los propietarios. La obligatoriedad se pone de manifiesto a la hora de hacer una operación de venta o alquiler del inmueble. La parte vendedora o arrendadora han de aportar la etiqueta energética del inmueble.
En el caso de ventas de inmuebles, el vendedor está obligado a entregar la copia original del certificado antes de proceder a la transferencia de la propiedad. Los notarios, como fedatarios públicos, deben de reclamar dicho certificado a la hora de redactar la escritura de compraventa. El certificado suele figurar como un anexo de la escritura.
En el caso de alquilar su vivienda, el propietario también está obligado a disponer del certificado energético. El inquilino podrá reclamarlo y deberá figurar en el contrato de arrendamiento como uno de sus anexos.
Respecto a las inmobiliarias y demás entidades comercializadoras, la ley exige que en la publicidad figure la calificación energética de los inmuebles que comercialicen, arriesgándose a sanciones si no cumplen.
Todos los clientes de Delagua Inmuebles cuentan con el servicio de emisión de certificados energéticos. Una agencia negociadora del alquiler debe de estar comprometida con el estricto cumplimiento de la legalidad.